Ventajas de la Ley de Promoción de la Industria del Software y Servicios Informáticos

La Ley Nº 25922, a nivel nacional, provincial y municipal, contempla las siguientes ventajas fiscales:
• Obtención de un bono aplicable al pago de tributos nacionales por el 70% de las cargas patronales abonadas;
• Reducción en un 60% de la alícuota del Impuesto a las Ganancias;
• Exención del Impuesto a los Ingresos Brutos por las ventas realizadas en la Provincia de Santa Fe;
• Reducción de la alícuota municipal del DreI.
Estos beneficios impositivos están vigentes hasta el año 2014.

Además, existen distintos instrumentos de financiación y aportes no reembolsables para proyectos de mejora e innovación de las empresas que desarrollen softwares. Para más información vea la entrada FONSOFT.

INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN DEL FONSOFT


FONDO FIDUCIARIO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT)



El FONSOFT posee distintos instrumentos de financiación que se implementan a través de dos modalidades: 
Convocatorias Públicas o Ventanilla Permanente.

Convocatorias Públicas
Se fija una fecha límite para la presentación de los proyectos ante el FONSOFT que se establece en las bases de las convocatorias. Los instrumentos son de dos tipos:

ANR (Aportes No Reembolsables)
Los ANR están destinados a cofinanciar proyectos de innovación tecnológica y mejora de calidad realizados por micro, pequeñas y medianas empresas a través de subvenciones que cubren un porcentaje del costo del proyecto. La empresa beneficiaria deberá aportar el porcentaje restante. Más info en entrada "Aportes no reembolsables".


SUBSIDIOS A EMPRENDEDORES
El llamado tiene el objetivo de promover el espíritu emprendedor dentro del sector de Software y Servicios Informáticos, y colaborar con la constitución de nuevas empresas comerciales dentro del sector y la consolidación de las empresas elegibles ya existentes.


Ventanillas Permanentes
Los proyectos a financiar no tienen establecida una fecha límite, por lo tanto es posible su presentación ante el FONSOFT sin plazos determinados. Los instrumentos disponibles son dos:

CRÉDITOS EXPORTA
Los créditos exporta están destinados a otorgar financiamiento a través de créditos para la iniciación o consolidación de la actividad exportadora de empresas PyMES dedicadas a la producción de software.

ANR FONSOFT CAPACITACIÓN
Proyectos de formación continua cuyo objetivo es ofrecer capacitación innovadora, pertinente, de calidad y abierta a la comunidad de Software y Servicios Informáticos. Dicha capacitación debe ser de interés profesional e industrial.


APORTES NO REEMBOLSABLES DEL FONSOFT


APORTES NO REEMBOLSABLES (ANR)

Los ANR están destinados a cofinanciar proyectos de innovación tecnológica realizados por micro, pequeñas y medianas empresas a través de subvenciones que cubren un porcentaje del costo del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el porcentaje restante.

Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de los ANR las empresas constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional, productoras de bienes y/o servicios que satisfagan la condición PYMEs dedicadas a la producción de software.

Objetivos:
La modalidad I, Certificación de Calidad, tiene como objetivo la mejora en la calidad de los procesos de creación, diseño, desarrollo y mantenimiento de software como un medio para aumentar la competitividad de la industria del software.
La modalidad II, Desarrollo de nuevos productos y procesos de software, tiene como objetivo la promoción del desarrollo de productos y procesos de software (excluyendo las actividades de autodesarrollo) y podrá financiar el proceso de su puesta en el mercado..
La modalidad III, Investigación y Desarrollo precompetitivo de productos y procesos de software, está dirigida a la formulación completa de un producto o proceso original, y su posterior materialización en un prototipo.

Financiación: 
Hasta un equivalente de $180.000 en el caso de proyectos de la modalidad I, hasta $ 300.000 en el caso de proyectos de la modalidad II; y hasta $600.000 en el caso de proyectos de la modalidad III. En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.